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Jueza dispuso que “Cucho” Cabaña siga en prisión

 

La jueza penal de garantías Rossana Diana Carvallo, dispuso mantener la prisión preventiva de Reinaldo “Cucho” Cabaña Santacruz y Óscar Monges. Fue tras dos audiencias de revisión de medidas realizada este sábado, en las que ambos procesados por delitos vinculados al narcotráfico participaron por medios telemáticos desde sus respectivos lugares de reclusión.
La primera audiencia a ser realizada fue la de Cabaña Santacruz, quien participó por medios telemáticos desde la Penitenciaría Nacional de Emboscada, mientras que su defensor Nelson López lo asistió desde la Oficina de Atención Permanente del Palacio de Justicia de Asunción.
El defensor insistió en la prisión de su defendido es ilegal, pues ya supera el máximo de dos años previsto por el Código Procesal Penal (art. 236) y pidió la libertad o por lo menos el arresto domiciliario de su defendido, acusado por el Ministerio Público de ser el líder de una organización dedicada al narcotráfico que operaba en el Alto Paraná, desmantelada con el Operativo.
Posteriormente, ya en horas de la siesta, se inició la audiencia de revisión de medidas para Oscar Monges, propietario de la firma “Neos Import & Export”, quien participó de la audiencia desde la penitenciaría regional de Ciudad de Este.
La fiscala Lorena Ledesma participó en ambas audiencias y se opuso a la revisión de medidas de los procesados, tras sostener que el peligro de fuga está vigente, en atención a la elevada expectativa de pena por los hechos punibles por los cuales acusó en esta causa. La jueza Carvallo, actualmente de guardia, realizó las audiencias en cumplimiento de una resolución dictada el viernes por el Tribunal de Apelación en lo penal integrado por José Agustín Fernández, Gustavo Ocampos y Andrea Vera.
Los camaristas anularon sendas resoluciones dictadas por la jueza penal de garantías Alicia Pedrozo que había rechazado la revisión de medidas tanto para Cabaña como para Monges y ordenaron la realización de una nueva audiencia para estudiar el planteamiento, remitiendo para el efecto el expediente a la Oficina de Atención Permanente.
El 3 de enero pasado, la Corte Suprema de Justicia rechazó un hábeas corpus reparador y genérico presentado a favor de Reinaldo Cucho Cabaña, ocasión en que dejó en claro que no se cumplió el plazo máximo de prisión como sostiene la defensa del acusado por narcotráfico y otros delitos.
Por unanimidad, los ministros que integraron la sala penal de la Corte Suprema de Justicia – Eugenio Jiménez Rolón, Manuel Ramírez Candia y Luis María Benítez Riera- rechazaron un habeas corpus reparador y genérico planteado a favor de Reinaldo “Cucho” Cabaña, acusado por narcotráfico y otros delitos.
Cucho fue detenido en setiembre del 2018 y como a la fecha su prisión la supera los 4 años, la defensa sostiene que es ilegítima, en atención al plazo de 2 años establecido como tiempo máximo de duración de la prisión preventiva. Sobre el punto, el ministro preopinante Eugenio Jiménez Rolón refirió que cuando concurre más de un hecho punible en una causa penal, la perspectiva de pena tiene como límite mínimo el del hecho punible más grave.

En este caso específico, Cabañas está acusado como autor de los delitos previstos en los artículos 21, 42 y 44 de la Ley 1.340/88 “Que reprime el tráfico ilícito de estupefacientes y drogas peligrosas y delitos afines”.
“(…) analizado el marco penal de cada uno de los hechos punibles acusados a Reinaldo Javier Cabaña Santacruz, se evidencia que todos tienen la misma pena mínima: cinco (5) años. De este modo, al observar la fecha en que fue dictada la prisión preventiva -8 de setiembre de 2018- y el tiempo transcurrido hasta la petición del hábeas corpus -15 de noviembre de 2022-, se advierte que la pena mínima no se ha superado”, explicó Jiménez.

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